Este documento, publicado en la Gaceta Oficial de Venezuela en 1998, detalla las normas arquitectónicas y funcionales para quirófanos en establecimientos de salud en Venezuela, públicos y privados. Se especifican requisitos de ubicación, acceso, dimensiones de espacios (pasillos, puertas, quirófanos), distribución de unidades funcionales (administrativa, apoyo, post-anestesia, quirúrgica), y se establecen condiciones ambientales (temperatura, ventilación, instalaciones eléctricas y de gases medicinales). El texto incluye planos y especificaciones detalladas para asegurar la asepsia y funcionalidad óptima de los quirófanos. Finalmente, se indica que las situaciones no contempladas se regirán por normas de construcción hospitalaria.
En consecuencia, las normas para quirófanos en Venezuela, definen la conformación de las unidades quirúrgicas por la capacidad que tenga el establecimiento de salud, las condiciones ambientales respecto a la temperatura y a la existencia de ventanas, al igual que los puntos del sistema eléctrico con los que debe contar el área de servicio.
La Gaceta Oficial 36.574 es una resolución del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social de Venezuela, publicada en la Gaceta Oficial en 1998, que establece las normas arquitectónicas y funcionales para los quirófanos de establecimientos de salud públicos y privados. Define la estructura organizativa del servicio de quirófanos, incluyendo unidades administrativas, de apoyo, de cuidados post-anestésicos y quirúrgica. Además, detalla los requisitos espaciales, incluyendo dimensiones mínimas de pasillos, puertas, y quirófanos, así como las especificaciones de los acabados, instalaciones eléctricas, de gases medicinales, y sistemas de aire acondicionado. En esencia, la resolución busca garantizar la seguridad y la calidad de los procedimientos quirúrgicos a través de la regulación de las infraestructuras y equipamientos.
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