Este documento, una resolución del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social de Venezuela de 2003, establece las normas arquitectónicas y de funcionamiento para la creación de unidades de hemodiálisis, tanto hospitalarias como extrahospitalarias. Se detallan requisitos específicos sobre espacio físico, instalaciones (sanitarias, eléctricas, etc.), equipamiento, personal requerido (médicos, enfermeros, etc.) y procedimientos de control de calidad. La resolución incluye especificaciones detalladas sobre el tratamiento del agua, los materiales y suministros, y los exámenes de laboratorio necesarios. Finalmente, se establecen sanciones por incumplimiento y un plazo para su adaptación.
La Gaceta Oficial 37.715 es una resolución del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social de Venezuela, publicada en 2003, que establece las normas arquitectónicas y de funcionamiento para la creación y operación de unidades de hemodiálisis, en establecimientos de salud, tanto hospitalarias como extrahospitalarias. La resolución detalla requisitos exhaustivos, incluyendo especificaciones de espacio físico, equipo médico (como máquinas de hemodiálisis y sistemas de tratamiento de agua), personal necesario (médicos nefrólogos, enfermeras, etc.), y procedimientos para el control de calidad del agua y del tratamiento. Su propósito principal es garantizar la calidad y seguridad de los servicios de hemodiálisis ofrecidos a los pacientes en el país, regulando aspectos cruciales para su funcionamiento adecuado y el cumplimiento de estándares sanitarios.
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