La norma establecida en la Gaceta Oficial 40.366 establece aspectos relacionados a los servicios farmacéuticos prestados en los centros sanitarios públicos y privados de Venezuela. Para mejorar continuamente la calidad de estos servicios en las instalaciones de salud y garantizar que cumplen las normas aceptadas internacionalmente, es esencial que los proveedores de atención sanitaria sigan una serie de buenas prácticas.
Uno de los aspectos más importantes de las buenas prácticas farmacéuticas es garantizar que los productos estén etiquetados con precisión y que las dosis sean exactas. Los farmacéuticos también deben ser conscientes de los posibles efectos secundarios de los medicamentos, y deben ser capaces de proporcionar a los pacientes información precisa sobre el uso y los efectos secundarios de los medicamentos. Además, los farmacéuticos deben garantizar que los medicamentos se almacenan de forma segura y que los pacientes que los necesiten puedan acceder a ellos.
Los proveedores de atención sanitaria en Venezuela también deben conocer las normas sanitarias y epidemiológicas exigidas por la ley. Esto significa que deben garantizar que las instalaciones estén limpias y libres de infecciones, y que los pacientes no estén expuestos a sustancias nocivas o peligrosas. Por último, los profesionales sanitarios deben tomar medidas para proteger la intimidad de los pacientes, y no deben compartir ninguna información personal sobre ellos sin su consentimiento. Siguiendo estas buenas prácticas, los proveedores de atención sanitaria pueden garantizar que la calidad de los servicios farmacéuticos prestados en Venezuela cumpla las normas internacionales.
Descarga la Norma en el siguiente link: